Se tendrá la condición de socio, adquiriendo los oportunos derechos y asumiendo las pertinentes obligaciones, desde que se produzca la admisión por la Junta Directiva de la Asociación y se satisfaga la cuota de entrada.
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Ayuntamientos, entidades de ámbito territorial inferior, otras Entidades Locales u Organismo Públicos y Mancomunidades.
Asociaciones y otras organizaciones.
Sociedades y empresas colectivas.
Empresarios individuales y personas físicas a título individual.
Ayuntamientos y Administración Local | 150,25 euros |
Organizaciones e Instituciones | 150,25 euros |
Empresas colectivas ≤ 10 trabajadores | 90,15 euros |
Empresas colectivas > 10 trabajadores | 120,20 euros |
Empresarios individuales y personas físicas | 60,10 euros |
Las Asociaciones y Organizaciones sin ánimo de lucro estarán exentas del pago de esta cuota de entrada.
Ayuntamientos | |
Hasta 100 habitantes | 150,25 euros |
De 101 a 500 habitantes | 300,51 euros |
De 501 a 1.000 habitantes | 450,76 euros |
De 1.001 a 1.500 habitantes | 601,01 euros |
Y así sucesivamente … | |
Organizaciones e Instituciones | 150,25 euros |
Empresas colectivas | |
≤ 10 trabajadores | 90,15 euros |
> 10 trabajadores | 120,20 euros |
Empresarios individuales y personas físicas | 60,10 euros |
Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro | |
de ámbito local | 30,05 euros |
de ámbito comarcal, provincial o superior | 60,10 euros |
Para hacerte socio cumplimenta uno de estos formularios y envíalo a la Asociación.