Tramitación ayudas de Entidades locales

Ayudas para proyectos no productivos promovidos por Entidades Locales

 
El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Soria hasta el 30 de mayo de 2025.


Pasos a seguir para realizar una solicitud de ayuda y su tramitación en el marco de LEADER 2023-2027 en el ámbito territorial de la Asociación Tierras Sorianas del Cid:
Previo a la presentación de la solicitud de ayuda, el solicitante deberá estar dado de alta en el Registro de Beneficiarios de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

1. SOLICITUD DE AYUDA Y APORTACION DE DOCUMENTACION

La solicitud de ayuda se puede realizar por las siguientes vías: 

-     De forma presencial, en la sede del Grupo de Acción Local Asociación Tierras Sorianas del Cid, sita en Plaza Mayor, nº 8 bajo, 42330 San Esteban de Gormaz (Soria). 

-     De forma telemática, a través de la aplicación informática de la Junta de Castilla y León: Gestión de ayudas LEADER externas (GALE), a la que se accede a través de la URL https://particulares.ayg.jcyl.es/, que se encuentra alojada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. 

La documentación a presentar se encuentra detallada en la propia convocatoria, en el Procedimiento de Gestión del Grupo y en el Manual de Procedimiento del Organismo Pagador.

2. COMPROBACION DE NO INICIO DE LAS INVERSIONES

Una vez registrada la solicitud de la ayuda, y en el plazo máximo de 10 días, los  técnicos del Grupo Tierras Sorianas del Cid realizarán una visita para certificar que las inversiones incluidas en el expediente de subvención no están iniciadas.

3.  SUBSANACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de ayuda, se revisarán las presentadas y se dará un plazo de 10 días para subsanación de documentación, en su caso.

4. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Se analizarán las solicitudes presentadas para determinar si cumplen o no los requisitos exigidos. Las solicitudes que no cumplan estos requisitos no podrán continuar con el procedimiento de tramitación y se propondrán para una resolución denegatoria. Sobre las solicitudes que cumplan los requisitos de la convocatoria, se aplicarán los criterios de selección, para determinar el orden de prelación y el porcentaje de subvención y se emitirá la Propuesta de resolución provisional, concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones, en su caso.

5. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Resueltas las posibles alegaciones que se hayan podido presentar, la Junta Directiva emitirá la Propuesta de resolución definitiva. Esta propuesta contendrá un listado de las solicitudes propuestas con orden de prelación, en la que figure, al menos, la siguiente información: nombre del solicitante, título del proyecto, presupuesto máximo admitido y ayuda concedida. Además se incluirán, en su caso, en el listado las solicitudes propuestas negativamente por no cumplir los requisitos de la convocatoria.

6. RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES

Una vez comunicada la propuesta de resolución definitiva a los solicitantes de las ayudas, el Grupo tramitará ante la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias el correspondiente Informe de Subvencionalidad, que será preceptivo y vinculante. 

Si el Informe fuera favorable, la Junta Directiva emitirá la resolución definitiva de la concesión de las subvenciones, como máximo en la primera sesión que celebre después del plazo de 6 meses desde la presentación de la solicitud de ayuda. Si el informe fuera desfavorable se procederá a la desestimación de la solicitud de la ayuda. 

Contra la resolución de concesión el solicitante podrá interponer Recurso de Reposición ante el Director General competente de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León y, en todo caso, Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

7. ACEPTACIÓN DE LA AYUDA

Los beneficiarios de las ayudas incluidas en esta convocatoria, deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, mediante la firma del correspondiente contrato de ayuda entre el Grupo y el beneficiario.

8. EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES

Con carácter general el plazo para la ejecución de las inversiones será de 18 meses, no obstante la Junta Directiva podrá fijar un plazo menor o mayor en función de las características de la inversión, duración prevista de los trabajos etc.

9. CERTIFICACIONES PARCIALES Y PAGOS A CUENTA

Se podrán solicitar pagos a cuenta de las subvenciones concedidas en función de los gastos justificados por el beneficiario. 

El beneficiario podrá solicitar la aprobación de un máximo de 3 certificaciones parciales, incluida la final. Para la solicitud de las certificaciones parciales se deberá presentar la documentación indicada para la justificación final del proyecto (disponible en www.tierrasdelcid.es), excepto aquella que tenga que ver con el inicio de la actividad, en su caso.

10. JUSTIFICACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

La justificación del cumplimiento de las condiciones establecidas como consecuencia de la aprobación de la ayuda, se realizará dentro del plazo establecido en el contrato de ayuda para la ejecución del proyecto. 

La documentación a presentar se encuentra detallada en la propia convocatoria, en el Procedimiento de Gestión del Grupo y en el Manual de Procedimiento del Organismo Pagador

Para la presentación de la documentación justificativa de los proyectos de formación se estará a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento del Organismo Pagador (apartado 7.25.)

11. COMPROBACION DE FINALIZACION DE LAS INVERSIONES

Una vez presentada la solicitud de pago, los técnicos del grupo realizarán una visita final al proyecto para comprobar la realización de las inversiones.

12. CERTIFICACION DE LAS INVERSIONES POR LA JUNTA DIRECTIVA

Una vez aportada la documentación de la justificación del expediente, la Junta Directiva de Tierras del Cid resolverá respecto a la certificación del proyecto.

Si el beneficiario no estuviera de acuerdo con la resolución, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Direccion General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias y, en todo caso, recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

13. PAGO DE LA AYUDA

Una vez certificado el expediente y superados los controles pertinentes, el Grupo solicitará los fondos públicos al Organismo Pagador. Una vez recibidos los fondos, se procederá al pago de la subvención al beneficiario en un plazo máximo de 7 días naturales.

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